Traspasar una tarjeta de transporte privado

Hola mi pregunta es que como se puede traspasar una tarjeta de transporte privado de padre a hijo puesto que mi suegro tiene una tarjeta que hay que renovar pero como el esta jubilado queremos ponerla a nombre de mi marido. Quisiera saber los tramites que hay que seguir, somos de la provincia de cuenca. Ayuda por favor. Gracias

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Artículo 32. Requisitos que deben cumplir los titulares
de las autorizaciones.
Los titulares de las autorizaciones de transporte privado
complementario de mercancías deberán cumplir
en todo momento los siguientes requisitos:
a) La empresa deberá estar dedicada a una finalidad
principal distinta de la de transporte de mercancías, lo
cual se acreditará mediante la documentación prevista
en los artículos 10 y 14.1.a).
b) La empresa deberá encontrarse al corriente de
sus obligaciones fiscales, laborales y sociales, lo cual
se acreditará con arreglo a lo dispuesto en los artículos
14 y 15.
c) El volumen de transporte autorizado a la empresa
deberá ser acorde con el volumen de mercancías adquiridas
y producidas por la empresa, así como con el número
de sus clientes y proveedores, pudiendo el órgano
competente, en función de los datos obtenidos, limitar
el número máximo de autorizaciones que otorgue a la
empresa.
Las necesidades de transporte de la empresa deberán
acreditarse mediante la presentación de documentación
justificativa de los extremos señalados en el párrafo
anterior.
d) La empresa habrá de disponer de los correspondientes
vehículos en régimen de propiedad o arrendamiento
financiero («leasing»), cuando éstos sean pesados,
o en cualquiera de éstos regímenes o en arrendamiento
ordinario, cuando el vehículo sea ligero, lo cual
se acreditará con arreglo a lo dispuesto en el artículo
16.
e) La empresa deberá disponer de un número de
conductores, provistos de permiso de conducción de clase
adecuada, equivalente al menos al número de vehículos
de que disponga, lo cual se acreditará con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 15.1.b).
Artículo 37. Transmisión de las autorizaciones de transporte
privado complementario.
Las autorizaciones de transporte privado complementario
únicamente podrán ser transmitidas cuando ello
se produzca como consecuencia de la transmisión de
todos los activos de la empresa, o de todos los activos
adscritos al departamento de transportes de la empresa,
incluidos los vehículos a los que estén referidas las autorizaciones,
a un único adquirente.
Los vehículos a los que se refieran las autorizaciones
transmitidas podrán ser los mismos a los que lo estaban
antes de la transmisión, cuando el adquirente hubiera
adquirido la disposición sobre tales vehículos conforme
a alguna de las modalidades previstas en el artículo 32.d),
o bien otros distintos, aportados por el nuevo titular,
siempre que se cumplan los requisitos previstos para
la sustitución de vehículos establecidos en el artículo
36.
ORDEN de 24 de agosto de 1999 por la que
Se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación
de los Transportes Terrestres en materia
de autorizaciones de transportes de mercancías
por carretera.
Si cumples con los requisitos exigidos, debes dirigirte a la consejería de transportes de Cuenca y solicitar la transmisión.

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