Resolver concurrencia de seguros

Contraté un nuevo seguro más ventajoso para mi coche pero cometí el error de no dar de baja el anterior con dos meses de antelación resultando que ahora tengo dos seguros. Si no puedo dar de baja el primero (ya cobrado y es la aseguradora del banco) ¿Puedo devolver el recibo del segundo? Al parecer me lo pueden reclamar judicialmente. La ley dice que para desistir del contrato hay un plazo de 14 días, ¿desde cuándo, desde que lo contraté, más o menos dos meses atrás, o desde que me lo han cobrado? Encima tengo que notificarlo a las dos partes, porque si no, corro el riesgo de que ninguna de las dos se haga cargo. ¿Hay alguna forma de resolver esto?

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Es complicado. Respecto a lo último que dices de que ninguna se haga cargo, eso olvídate, se harían cargo proporcionalmente, pero tú estarías cubierto.

Yo veo el tema como una cuestión de buena fe. El banco está claro que no la tiene, pues te pone la pega de que tenías que haberles avisado antes. Yo me dirigiría a la nueva compañía y les expondría el tema. Le diría que anularan sin efecto la póliza y emitieran una nueva con la fecha del próximo vencimiento de la del banco. Así verían que tu intención es hacerla con ellos. En estos casos es cuando más conveniente es hacer los seguros a través de un mediador profesional, ya que te lo resolvería como te he dicho sin ningún problema.

Y no te olvides, en cualquier caso, de pedir YA la anulación al vencimiento de la póliza al banco. Y si tienes asegurado algo más que lo básico (lunas o todo riesgo), recuerda reparar el coche antes del vencimiento, pues aunque pidas ahora la anulación, hasta el último día de efecto tienes seguro.

Hola Josierra:

Muchiiiiiimas gracias, la nueva compañía me ha indicado como gestionar lo que me indicas y van a devolverme la parte proporcional no consumida.

Saludos y muchas gracias.

Me alegro que dieras con alguien sensato, que a veces en este mundillo no es fácil...

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Pues me temo que durante esta anualidad tendrá dos seguros. Para anular el segundo, debió de haberlo notificado durante los primeros 14 días, como bien indica, desde la entrada en vigor del seguro. Ahora bien, no olvide preavisar, con al menos dos meses de antelación, al seguro con el que no quiera renovar, o hágalo ya mismo, pues existe un plazo mínimo, pero no uno máximo.

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