Consulta sobre la ley de arrendamientos urbanos

Mi consulta es sobre el articulo 9 de la L.A.U en la que a partir de junio de 2013 se puede recuperar la vivienda para uso propio o de un familiar comunicándolo con 2 meses de antelación, quería saber si habiendo pagos y recibos del inquilino como concepto de alquiler en 2012 puedo acogerme a esta revisión del 2013 o tendría que acogerme a la anterior que es del 2011 a mayo 2013, el problema es que no hay contrato escrito solo verbal y en esta revision pone que ha de constar expresamente en el contrato, contrato que no existe con lo que no podria reclamar la vivienda.

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Los contratos verbales son igual de válidos que los escritos, pero presentan ciertos problemas a la hora de "demostrar" el contenido de los mismos.

En el caso que nos ocupa, al ser un contrato anterior a 2013 no se podría acoger a la revisión, y tendría que atenerse a lo legislado en 2011 (y demostrar que pactaron expresamente el supuesto de "necesidad de la vivienda por parte del arrendador").

Suerte.

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