Puede un dentista facturar al final de un tratamiento dental

Tengo la duda de si un dentista puede facturar al final de un tratamiento prolongado de odontología. Es decir, el paciente va varias veces a la consulta para un tratamiento, ¿se le puede facturar al final del mismo?. La duda me surge por los cobros que haya realizado en las primeras consultas, ¿se consideraría anticipo? Imaginaros que esos cobros son en diciembre y no facturo hasta enero.

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Debe realizar la factura al cobro de los importes parciales. Estás obligado a facturar todos los trabajos que realices en el mes en curso, aunque sean parciales, y siempre que haya movimiento de dinero. Si hay un pago/cobro, hay que emitir factura.

Gracias Santiago por tu respuesta. ¿Podrías decirme dónde puedo encontrar sustento legal o documental a tu respuesta?

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-14696 

Es un tema de normativa legal, por el devengo de impuestos. No puede uno facturar cuando considere. La legislación, a través de este reglamento de facturación, establece que se debe facturar bien en el momento de realizar el trabajo o de entregar el bien objeto de la transacción comercial, bien cuando se recibe el dinero de esta transacción, lo que primero ocurra. Si pagas por anticipado, cada pago debe tener su respaldo en una factura. Y se puede facturar una serie de trabajos a final de mes, pero nunca diferir más la facturación. Por lo mismo, todo obedece a fijar el devengo de los impuestos correspondientes.

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