Contabilización Anticipos

Mi empresa se dedica a producir equipos elecrónicos. Estos equipos se producen en más de 3 meses y habitualmente se facturan anticipos a los clientes.
Hasta la fecha estos anticipos se han contabilizado como ingreso en la contabilidad de la empresa, cosa que no tengo nada clara, dado que aunque lo que se factura es generalmente un 10% de la obra.
Esto se agrava, dado que generalmente se suele facturar un 80% y finalmente un 10%.
¿Cuándo deberíamos dar el ingreso? En cada % facturado, ¿sólo al facturar el 10% definitivo?

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Hay 2 maneras de contabilizar el anticipo, en la cuenta de anticipo con su iva correspondiente contra la 57, y luego darla de baja al hacer la factura, o bien(la menos rigurosa), llevarla directamente contra tu cliente y deducírselo al hacerle la factura total.
El anticipo no es un ingreso(principio de devengo), el ingreso te lo genera la factura (en construcción existen las certificaciones de obra, que si bien no son el importe total de la obra, se va certificando por fases, eso implica un ingreso, con independencia que me paguen o no)
Por esa regla de 3, si tu haces la factura y no te pagan, ¿eso no es un ingreso para ti?, el ingreso lo tienes pero no te han pagado.
Si te van anticipando dinero, contabiliza el anticipo, y luego al facturarle llegara tu ingreso, da igual que factures un 10% un 20 o lo que quieras, tu extracto contable te dice lo que te va pagando y tu has de saber lo que te debe, luego iras facturando con arreglo a tus necesidades.
Ojo: cobro no es ingreso
Gracias por la aclaración estricta Mochi,
Pero el problema con el que me encuentro es que habitualmente se suele facturar el 90% de los trabajos realizados en unos 4 o 5 meses y a veces se tarda más de un año en facturar el total de la obra realizada, con lo cual hasta dentro de más de un año no daría el ingreso de los trabajos hechos actualmente.
Esto se produce con el 80% de la facturación y adicionalmente tengo el problema de que este criterio de facturación parcial o de anticipos se ha considerado ingreso en todos los ejercicios contables anteriores.
¿Consideras conveniente que rompa con todos los criterios que se han venido utilizando?
Yo que tu, a la vez que me va haciendo ingresos, cuando vas a acabar el año hacer una factura que refleje que esos anticipos han sido por un trabajo correspondiente a ese ejercicio, y como tal contabilizar dicho ingreso
Una salvedad, al finalizar el año,
si el anticipo corresponde a un trabajo que has de hacer el año que viene y lo has facturado éste, a 31/12 deberías hacer:
7 a 485 (por lo que corresponda al año próximo)
Y el 01/01 harías el contraasiento

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