La extinción del contrato de trabajo ya sea por cese voluntario o por despido, no se hace efectivo hasta que transcurra el periodo de preaviso.. Si antes de que se cumpla el periodo de preaviso que lo mas habitual es que sea de 15 días, salvo que en el contrato de trabajo o en el convenio colectivo se establezca un periodo superior a los 15 días, se puede revocar la decisión de extinguir el contrato de trabajo por lo que la extinción del contrato de trabajo queda sin efecto y se continua manteniendo la relación laboral, pero para ello hay que comunicar a la empresa por escrito antes de que venza el ultimo día del periodo de preaviso, la decisión de revocar el cese voluntario para continuar trabajando en la empresa.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, Muchas gracias y un saludo
http://www.euren.es/articulos_profesionales/110126_retractarse_baja_voluntaria.pdf