Días de paternidad por parte de la empresa

De los 3 días que me corresponde por paternidad, por parte de la empresa, ¿me tendrían que pagar el plus de nocturnidad? Siempre he trabajado de noche

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La respuesta es no.

El plus de nocturnidad es un complemento que se abona al trabajador siempre y cuando se de la situación que genera el devengo del complemento en cuestión, por lo que, si durante 3 días de permiso usted no trabaja de noche (que es el hecho que genera el complemento) no tiene derecho a cobrarlo.

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