Devolución de fianza alquiler de local por incumplimiento de contrato
Tengo un local en alquiler como propietario con una duración de cinco años cuyo vencimiento es en 31 diciembre de 2016. El inquilino me ha facilitado una carta el día 8 de este mes (octubre) donde me informa de la intención de abandonar el local. ¿Tiene derecho el inquilino a la devolución de la fianza al haber incumplido la duración del contrato? ¿Hasta qué fecha tiene obligación de estar en el local, hasta el día 8 de diciembre(dos meses desde el aviso o el mes de diciembre completo? En el contrato no hay ningun punto reflejado para lo expuesto anteriormente, excepto los dos meses del aviso de antelación. Si hubiera algún dato de importancia referente a derechos u obligaciones, estaria muy agradecido por su información.
2 Respuestas
Respuesta de Manuel Pregal
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Respuesta de Lara ..
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