Cómo repartir. Entre los hermanos, el disfrute de los bienes heredados.
Somos tres hermanas huérfanas de madre y padre. Estamos teniendo problemas para ponernos de acuerdo sobre cómo organizarnos para disfrutar de los inmuebles heredados y su mantenimiento. ¿Existe legislación al respecto que nos indique cómo respetar tiempos y espacios, (una propiedad está en la comunidad autónoma de Castilla y León y la otra en la del País Vasco, habiendo realizado testamento nuestros padres en ésta última)?; ¿La toma de decisiones es por unanimidad o por mayoría?; a la hora de realizar mejoras necesarias para la buena conservación de los inmuebles ¿Debe existir consenso o se pueden iniciar las mejoras unilateralmente?, siendo así ¿se puede exigir el pago de la parte proporcional de dicha obra?; y por último, el derecho al disfrute de los inmuebles se extiende también a los hijos de cada hermana?.