El próximo mes de diciembre hago el último pago de la hipoteca. Ahora toca escriturar, pero tengo varias preguntas :

- ¿Tiene qué ser inmediata la escritura?

- ¿Qué puede suceder si no escrituro?

- ¿Me puede obligar la entidad bancaria a realizar la escritura rápidamente y con su notario?

- ¿Puede cambiar los titulares del piso?

Muchas gracias y saludos

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La escritura de cancelación de hipoteca la puedes hacer cuando quieras, no es necesario hacerlo inmediatamente. Tú eliges cuando quieres hacerla y la notaría donde se realizará. Además el banco no te puede cobrar NADA, por ir a firmar la escritura a la notaría.

La vivienda la puedes transmitir con la hipoteca, aunque lo normal es que los nuevos dueños quieran tener el piso libre de cargas y para ello tendrás que solicitar al banco que firme la escritura de cancelación de hipoteca e inscribirla en el Registro de la Propiedad.

¡Gracias! 

la pregunta del cambio de titulares, no es para venderla, sino para poner de titular, aparte de mi esposa y yo , a mi hija. O bien, yo desaparecer de la titularidad.

Poner a tu hija de titular, significa transmitir una parte de la propiedad de la vivienda.

No hay ningún problema en hacerlo, pero debes tener en cuenta las repercusiones fiscales, es decir los impuestos que tendrás que pagar por hacer esa operación.

Si lo que quieres es dejar de ser propietario tú y que tu mujer sea la única propietaria, se puede hacer realizando una extincion de condominio, para pagar menos impuestos.

¡Gracias! 

Cierra la pregunta.

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La escritura de cancelación la debe firmar el apoderado del Banco con el que formalizaste el préstamo. Para ello, deberán tener previamente el certificado que demuestre que ya has abonado el préstamo en su totalidad. Una vez en tú poder, exige al Banco que firme la escritura de cancelación que, salvo se determine lo contrario en la escritura de préstamo, tendrás que abonar en Notaría, liquidar en Hacienda (cero) e inscribir, si es de tú interés, en el Registro de la Propiedad correspondiente.

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