Invalidez permanente en grado total

El inss me dio una invalidez en grado total para profesión habitual según ley equiparable al 33% de minusvalía, pero el imserso dice que no que mi grado es 21% y sin ese certificado mi ayuntamiento no me concede la exención del impuesto de circulación, ¿qué puedo hacer aparte de pagar?

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Vuelve al ayuntamiento con tu resolucion de incapacidad permanente total y diles que el Real Decreto 1414/2006 en su articulo 1 dice lo siguiente

Artículo 1. Consideración de personas con discapacidad.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquéllas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.
2. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento:
a) Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

Hola de nuevo me han comentado que ha salido un real decreto reciente que anula el anterior si es así házmelo saber, también me gustaría me redactaras un poco mi exposición ante el ayuntamiento, soy un poco torpe para esto

Muchas gracias de antemano

No tengo conocimientobde eso. Supongo que te habrán dicho el Real Decreto nuevo en el wue se basanbpara denegartelo, ¿no? ¿Cuál es?

Ocurre a menufo que los funcionatios no están al dis y deniegan por desconocimiento.

Mirate el siguiente link donde un usuario pone un ejemplo de lo que escribió en un caso similar:

http://foros.famma.org/index.php/5-foro-de-la-discapacidad/496-a-vueltas-con-el-reconocimiento-del-33-por-ipt

Hola este es el articulo que me han pasado no se si sera este el que se debería poner si esto es así ya me lo dirás y la forma en que lo redactarías

Un saludo

No me indicas el articulo ni el reglamento que han argumentado para la denegación...

Sobre el escrito, ya te he puesto un link con uno. Si no te es suficiente deberás contratar a alguien.

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