El figurar en una cuenta corriente como autorizado, y no como titular, significa que el titular de la cuenta le autoriza para que pueda hacer movimientos en la cuenta, nada mas. El autorizado no es titular y por ello no le va a acarrear problema alguno en el caso de embargos de cuenta o similar.
La comisión de un delito como el alzamiento de bienes es un hecho personal y se comete en concepto de autor. Pero también pueden caber otras figuras dentro de las personas que en un momento dado pueden ayudar a la comisión de un hecho delictivo. Ahí entrarían figuras como el cooperador necesario, inductores o coautores, por citar unos ejemplos. Entiendo que pudieran ir por ese camino las intenciones de su madre para quitarle de su cuenta al cumplir la mayoría de edad. Este hecho, la mayoría de edad, puede ser importante ya que en el mismo momento en que se cumplen los 18 años empieza a aplicarse el código penal y no la ley de responsabilidad penal de los menores.
Si usted sospecha o sabe de ese tipo de conductas mi consejo es que deje de figurar en la cuenta como autorizado cuanto antes, en prevención de problemas futuros.