Compensación con otra vivienda en extinción de condominio
Dos hermanos, que disponen cada uno del 50% de una vivienda recibida en herencia, uno de ellos desea adquirir la totalidad del condominio, y el otro esta totalmente dispuesto a ceder su parte siempre y cuando se le compense su 50% restante. El hermano interesado en adquirir la totalidad de la vivienda recibida en herencia, no tiene todo el dinero para pagar la parte proporcional a su hermano, pero si tiene en propiedad otra vivienda, la cual aun esta pagando, y pretende compensar al otro dándole en propiedad esta vivienda (de menor valor), pero no la deuda, la deuda hipotecaría seguiría siendo suya, y el resto en metálico. ¿Seria esto posible?,¿La compensación por extinción de condominio solo puede realizarse mediante pago en metálico?, ¿Existe alguna solución para este caso tan particular?