Desvinculación de escrituras e hipoteca

Y es que se trata de una situación un poco complicada. En 2007 adquirí una vivienda protegida en propiedad al 50% con mi pareja. Es una vivienda protegida, no sé si VPO o VPP (por si te sirve de ayuda, la compramos a una constructora, no a través de ningún organismo oficial). El caso es que ya no somos pareja (no estábamos casados ni inscritos como pareja de hecho; ni tenemos hijos), y lo que quiero es ser la única propietaria de la vivienda, y obviamente, la única responsable de la hipoteca. La adquirimos a finales de 2007, por lo que aún hemos pagado muy poco de hipoteca, y casi todo yo.
La titularidad de la hipoteca se puede solucionar negociándolo con el banco o cambiando de entidad, en todo caso (cancelando una y constituyendo una nueva conmigo sola como titular). Pero ¿qué puedo hacer para desvincular de la escritura de propiedad a mi ex-pareja? ¿Debo comprarle su parte? ¿Puedo hacerlo, siendo de protección? ¿Según qué precio? Lo digo porque en las escrituras constan dos importes: el precio de la vivienda como protegida (que coincide con el importe de la hipoteca), y el de la vivienda en caso de que fuese de renta libre, que obviamente es muy superior.
He visto otras dudas parecidas en la web, y hablan de condominio, el cual, en cuanto a gastos, tiene en cuenta el precio de la vivienda en escritura. En caso de que fuese éste el procedimiento que yo tuviese que seguir, ¿cuál de los dos precios que mencionaba antes debería tener en cuenta? ¿El protegido o el libre? Y en cualquier caso, ¿sería ése el procedimiento adecuado a mi circunstancia? ¿Me aconsejas otro?

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Si la vivienda es de VPO - VPP tiene un valor MÁXIMO LEGAL y es es que te figura en la escritura como menor valor, pues ese es el precio sobre el cual debes de pactar con tu ex pareja.
Lo primero que tenéis que hacer es ir a vuestra cdad.y solicitar AUTORIZACIÓN PARA TRANSMITIR su parte hacia ti mediante UNA EXTINCIÓN DE CONDOMINIO (es a opción más económica en gastos y sobretodo en impuestos solo se paga el 1% del valor que se ponga en escritura) cuando la obtengáis entonces pasaros por el banco y palntearles la situación de que con esa autorización quieres mediante esa EXTINCIÓN DE CONDOMINIO subrogarte tu sola e la totalidad de la hipoteca, si tienes ingresos suficientes etc. para que el banco acceda pues ellos mismos te montaran todos los pasos a seguir ya que tienen que firmar también en esa escritura de EXTINCIÓN DE CONDOMINIO Y SUBROGACIÓN como acptando esa nueva situación y liberando a tu ex.
Caso de cambiar de banco como tu muy bien dices y sera porque conoces algo del tema, ten mucho cuidado porque 1º los gastos de cancelación y formalización se te pueden subir a la parra, 2º si habéis recibido ayudas y canceláis la hipoteca igual tenéis que devolverlas y ademas con interese de demora y todo y olvidate de la subrogación a otro banco porque las hipotecas de VPO NO SE PUEDEN SUBROGAR
Y en cuanto al pago que tendrías que realízale a tu ex pues al ser la vivienda de vpo y teniendo ese precio MÁXIMO LEGAL no os podéis salir de ello (legalmente si por bajo mano quieres pagarle más dinero allá tu) y por tanto debéis de calcular sobre ese valor el 50% de cada uno menos la deuda actual, también al 50% cada uno y pagarle esa diferencia.
¿Lo tienes claro?
Como cosa muy excepcional si tienes alguna duda más y me facilitas un e-mail me pondría en contacto contigo para tratar de ayudarte más directamente y matizarte algunos aspectos ya que veo que tienes bastante idea de como se debe de solucionar la situación.

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