¿Es lo mismo incapacidad absoluta que discapacidad absoluta y permanente?

En un tribual de justicia se me ha reconocido la absoluta y ya es la sentencia firme. No pone nada de revisión ya que son dos prótesis de cadera total. En el seguro de vida pone incapacidad absoluta y permanente. ¿Tengo derecho a rescatar el seguro de vida?

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Por un lado existe el concepto de discapacidad, que va asociado a un %. Lo otorgan desde el imserso y va asociado a beneficios fiscales y sociales.

Por otro lado, esta el concepto de incapacidad, que lo otorga la Seguridad Social y va asociado a la capacidad o no de ejercer el trabajo.

En tu caso, adivinando un poco por lo que dices, te han otorgado una incapacidad permanente absoluta. Te dejo su link por si quieres saber algo más sobre ella:

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadpermanen10960/RegimenGeneral/Prestaciones/Incapacidadpermanen28729/index.htm 

Sobre lo que comentas de la revisión... Todas las pensiones por incapacidad son revisables, todas. Articulo 36: http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/095278 

Sobre el seguro de vida... no dices mucho sobre su condicionado, a veces sólo indemnizan si la incapacidad proviene de un accidente laboral y no de enfermedad común,... vamos, miratelo bien y sí, con la sentencia puedes reclamarles la indemnización que corresponda. Ten paciencia... pondrán todo tipo de pegas para retrasar el pago probablemente, pero si ves que cumples con el condicionado, insiste.

hola, antes de todos daros las gracias por vuestro interés es verdad que la pregunta esta mal planteada lo que yo quería decir es que en la sentencia pone incapacidad absoluta y en el seguro de vida pone incapacidad absoluta y permanente.¿ en lo mismo? solo que en la sentencia no me aparece y permanente.¿ puede que el seguro se agarre a esa frase ( y permanente ) ? por eso decía si es igual incapacidad absoluta que incapacidad absoluta y permanente.Y si es lo mismo como me tendría que dirigir al seguro? ¿Estoy obligado a pagar el siguiente recibo anual?  

Sí, es lo mismo, tu incapacidad se llama "incapacidad permanente absoluta".

Algunos seguros se agarran a la fecha de revisión que te marquen. Suelen basarse en que si es inferior a 2 años, como la empresa tiene obligación de guardarte el puesto de trabajo ese tiempo, si te revisan y haa mejorado... pero, en ese caso, tendrás que discutir con ellos o esperar la revisión y reclamarles entonces.

Nuevamente muchas gracias , pero sigo sin entender, yo tengo un seguro de vida aproximadamente desde hace diez años desde hace cinco me diagnosticaron artrosis de cadera me operaron con prótesis total como yo era transportista autónomo automáticamente me dieron la total pronto me operaron de la otra pedir la absoluta y me la denegaron mientras apele me se agravó y me diagnosticaron spondylitis tuvimos  el juicio y me dieron la absoluta. La primera pregunta se me quedó clara que es lo mismo la absoluta  que la absoluta permanente.Estas son mi siguientes preguntas¿Cómo dirigirme al seguro para el rescate y si estoy obligado a pagar la próxima cuota anual? ¿ YO Tenía obligación de informarle de estos diagnósticos si fue posterior a la contratación del seguro? ¿ Qué tipo de pega o negación al rescate me puedo encontrar? Aún no le he informado la petición del rescate ¿Se pueden agarra a eso? 

Sera mejor que habrás una nueva preguntaven seguros, cada compañía tendrá su forma de dirigirse a ellos y las condiciones de información o no también dependerá de su condicionado en el seguro.

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