Mi construcción no respeta la distancia a la linde ¿Me lo pueden derribar?

Expongo mi caso y haber si me solucionan las dudas que tengo.

He construido una nave en suelo rústico en una parcela de más de una hectárea en Castilla- La Mancha, tengo licencia de obras, en el proyecto la distancia a la linde es de 5m, pero la realidad física es que está a 1m.

¿Esta infracción puede acarrear el derribo o sanción económica? En el segundo caso, ¿cuánto podría ser?

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Estamos de acuerdo con Juan Carlos. Debe plantear una declaración de conformidad lo antes posible. Es posible que no se la validen y le sancionen con una multa o con el derribo de la parte irregular. Generalmente suele ser la primera de las opciones pero dependerá del ayuntamiento y sus criterios.

Por otro lado, en este caso existe una responsabilidad por parte del técnico que ha realizado el proyecto ya que tiene que procurar que la obra se corresponda con el proyecto aprobado con licencia de obras. La desviación es espectacular y evidencia una dejadez en las funciones de dirección de obra. Es un error grave de un punto básico en cualquier construcción como es el replanteo de la obra.

Gracias por vuestra contestación.

¿Me podrías ayudar en como enfocar la declaración de conformidad?

Te recomendamos que vayas con el técnico a visitar el técnico de urbanismo y obras responsable de tu expediente de licencia. De este modo podréis discutir cual es la mejor solución para todos.

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Esta materia corresponde a la legislación de la comunidad autónoma (y al propio Código Civil). De hecho, en su mismo proyecto tiene que haber una mención a la misma.

Su técnico tiene que presentar una solicitud de Declaración de conformidad sobrevenida con la licencia urbanística. Es decir: pedir que se valide lo construido teniendo en cuenta la variación del replanteo y el desplazamiento, ante la Administración de la Junta de Comunidades.

El derribo y la multa son dos sanciones que se adoptan tras un expediente urbanístico sancionador, por lo que no tiene objeto que se lo platee usted en estos momentos. Ha de abrirse una investigación en la que usted ha de ser parte y por tanto podrá aportar las pruebas que considere oportunas en su defensa, recurrir la decisión que se adopte y finalmente acudir a los tribunales si esa decisión la considera lesiva para su interés.

Una vez en los tribunales, la primera decisión que toma el juez es detener el derribo, puesto que si se acepta como medida provisional, podría ser irreparable.

Pero antes de enredarse en pleitos, pida las cosas dentro de la legalidad. Quizás no tengan inconveniente en aceptarle los cambios. Su técnico sabe.

Muchas gracias Juan Carlos por dejarme un poco más tranquilo. ?La declaración de conformidad la puedo presentar al Ayto del término donde se ha realizado la construcción?

Gracias

Todas las ventanillas de toda la administración del estado sirven para presentar documentos, correos incluido. Por tanto, puede presentarlo en el Ayuntamiento. Otra cosa es a qué organismo va dirigida la solicitud. Aunque le parezca un poco raro, en su caso es la Consejería de Agricultura la que tiene competencias sobre su problema, que lo pasará a la Administración de la Junta de Comunidades.

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