¿Pueden los usufructuarios de una vivienda desempeñar cargos de presidente/secretario de la comunidad de la finca?

Mis padres son usufructuarios de una vivienda copropiedad de sus tres hijos. Hasta ahora han estado ejerciendo los cargos de presidente/secretario de la comunidad cuando ha correspondido el turno de la vivienda, pero desconocemos si esto es legal o si los hijos como propietarios podemos o tenemos que delegar en ellos, y como, para que sigan ostentando estos cargos cuando corresponda a la vivienda. En particular el próximo mes de junio tocaría a nuestra vivienda ejercer cualquiera de estos dos cargos y durante su mandato el edificio deber pasar la ITE.

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La voz, voto y cargos en las comunidades de propietarios corresponden a los propietarios de la finca. Sin embargo, no hay problema alguno en que vosotros, como propietarios, deleguéis estos derechos y obligaciones en vuestros padres.

Si os quedáis más tranquilos, hacedles un papel en que firméis todos que autorizáis a vuestros padres a ejercer el derecho de voz, voto y a ejercer los cargos de presidente y secretario en vuestro nombre.

Saludos

Espero haberos ayudado!

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