¿Como aplico el IVA como sujeto pasivo en una fra. De ordenadores portátiles si estoy en el régimen de recargo de equivalencia?
A partir del 1 de Abril, como propietario de una tienda de informática y sujeto pasivo de IVA, estoy comprado los ordenadores portátiles y tablets sin IVA. Básicamente tengo dos preguntas: La factura que emito a mi cliente, que debe llevar numeración distinta de la habitual, ¿ha de llevar también el IVA? Y por otra parte, si es así, supongo que habrá que declararlo en las declaraciones trimestrales pero yo que estoy con recargo de equivalencia y no declaro IVA, ¿qué he de hacer?
Respuesta
En la línea de esta consulta, que ocurre cuando compro como sujeto pasivo (la factura de mi proveedor es sin iva) y vendo a otro sujeto pasivo (la factura que emito es sin iva) ... ¿tengo qué declarar algún iva? (Que ni he pagado ni cobrado porque ambas facturas fueron sin iva). Soy autónomo con iva 21% y recargo de equivalencia 5,2%. Gracias ¡ - Rafa Garcia Castor
Buenos días Rafael. En la adquisición, el sujeto pasivo eres tu, y tendrás que liquidar el IVA y el recargo de dichas adquisiciones presentanto el modelo 309. En las entregas a otros revendedores el sujeto pasivo es el comprador, por lo que tu no repercutes iva ni recargo, pero aun así NO tienes derecho a deducir el IVA y recargo soportado anteriormente. Naturalmente este tratamiento fiscal es perjudicial para ti, pero puede tener su explicación ya que el recargo está pensado (aunque sea obligatorio) para comerciantes minoristas. El tema es complicado, y como los comentarios aquí tienen extensión limitada, si quieres podemos seguir comentando en mi página. Saludos. - Anónimo