Acuerdo de pago inferior al importe de la deuda

Tengo una vivienda en propiedad con hipoteca. Hace un tiempo contraje un prestamo/ segunda hipoteca de 34000 euros. Al no pagarlo en la fecha prevista me pusieron una ejecución hipotecaria( ya que dicho prestamo es como una segunda hipoteca) y no se ha llevado a cabo de momento. Para pagar esa deuda puse mi casa en venta. Tengo un comprador pero tengo que cancelar la deuda para que la vivienda no tenga cargas. He hablado con mi deudor y si le pago 12000 euros me cancela la carga. Lo unico que me resulta extraño es que quiere que 6000 de esos 12000 se los de en negro y el resto en difrentes cheuqes que no superen los 3000 euros, es decir 3 cheques de 2000 euros cada uno. Me ha comentado que se va al notario, se hace una carta de pago donde reflejará en vez de 12000, solo 6000 como importe acordado para cancelar la deuda, según él para ahorrarnos no se que impuesto. ¿Esta carta de pago la firma él solo? ¿O yo también? ¿ES posible este acuerdo de importe de cancelación de deuda?

Despues de esto se tiene que ir al Registro de la Propiedad a presentar la carta de pago y cancelar la carga. ¿Alguien me puede explicar si este procedimiento es correcto o me puede trarer problemas?

Soy de Barcelona, por si tiene relativa importancia

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Respuesta

El acreedor hipotecario le tiene que firmar unas escrituras de cancelación de hipoteca (la carta de pago) y usted debe inscribirlas en el Registro de la Propiedad, o entregárselas al comprador para que lo haga él.

Lo que le están pidiendo es un fraude fiscal, pero no es un delito. Solo beneficia a su acreedor, puesto que la inscripción de escrituras de cancelación de hipoteca están exentas de tributación. En cuanto a las consecuencias, no tiene por qué tener ninguna para usted.

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