¿Qué es lo que se considera modificación sustancial de las condiciones de trabajo? Vigilante de Seguridad

Yo fui subrogado al 50% de mi jornada con otra empresa de seguridad, antes tenía jornada continua, ahora es partida, antes trabajaba turnos de menos de doce horas, ahora doce horas y media o más, cuando tengo vacaciones con una me toca trabajar con la otra, no tengo los días de descanso que corresponden a un cuadrante de 162 horas. ¿Eso no es modificación sustancial de las condiciones de trabajo? ¿No sería según entiendo motivo para anular dicha subrogación?

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Una cosa es subrogación, y otra cosa las modificaciones del contrato.

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