Deseo anular un seguro de decesos

Tengo suscrito desde hace años un seguro de decesos que se inicia cada mes de diciembre, con pago mensual.

Recientemente contactó conmigo un conocido que me invito a cambiar de compañía. Le expuse que lo querría hacer, dado que las coberturas eran mejores en esta segunda compañía, pero lo que lo haría en diciembre, y no ahora en mayo, ya que era consciente de que la anualidad de mi póliza se inicia en diciembre.

Entre eél y su responsable me fueron convenciendo que no había problema, que me llamarían de la otra compañía pero que enseguida me dejarían en paz. La verdad que aun no entiendo de qué manera me deje convencer, pero el caso es que, en cierto modo a regañadientes, más que nada por compromiso y en contra de mis principios, ya que era consciente de que estaba incumpliendo un contrato, firmé.

Ya he pagado en mano el primer recibo de la segunda compañía, y he dado orden al banco de que no acepten ningún recibo de la primera. Aún no ha pasado ni un mes de todo esto, así que no he recibido noticias de esta primera compañía, pero he estado leyendo algunos foros, y me ha entrado miedo. Que me pueden meter un juicio monitorio, o meterme en una lista de morosos... Uff...

El tema esta en que deseo anular la segunda póliza. Aunque pierda lo pagado en mano. El tema esta en si alguien sabe cuál es el plazo, de existir, para anular esta segunda póliza. Hoy es 22 de mayo. La póliza nueva entró en vigor el 1 de mayo, y yo firmé el condicionado el 8 de mayo, aunque entiendo que la fecha de los documentos era también 1 de mayo, ahora mismo estoy fuera de casa y no lo puedo constatar.

¿Alguien qué conozca un poco este mundo sabe si existe algún plazo para solicitar la anulación de la segunda póliza?

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En mi opinión y a la vista de lo que comentas no era lo mas aconsejable cambiar de Cía. excepto imponderables.

Respecto a los miedos que ahora te asaltan decir que la realidad de los contratos que se firman y como es lógico es para cumplirlos, entonces si tenemos en cuenta la legalidad y ambas Cías. Estando en su derecho lo aplican, tendrías que pagar en la primera Cía. todos los recibos hasta su vencimiento y un mes o dos antes (depende las condiciones de la póliza) enviar carta certificada solicitando la anulación y en cuanto a la segunda Cía. lo mismo.

No obstante la realidad habitual con la reserva de lo anteriormente comentado es que la primera Cía. si no cobra los recibos te los reclamará pero al final anularan la póliza y listos y en cuanto a la segunda se quedaran el primer pago y si no se pagan los demás terminan por anular la póliza.

¿Qué se puede hacer?

De momento la primera Cía. mantendrá la póliza en vigor porque nadie le dijo lo contrario, solo que espera cobrar los recibos pendientes.

Y de la segunda trata de hablar con los que te la contrataron indicando que fue un error, que no lo entendiste bien, que anulen y que devuelvan la prima, no creo que lo hagan pero inténtalo.

Hola,  Chema  La verdad que de un modo u otro,  el mal está hecho. Es la última vez que me dejo convencer por hacer un favor a alguien. Gracias por tu atento mensaje

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