I.R.P.F. De ingresos del año 2.014 de hacienda

Estoy cumplimentando la declaración de este año (ingresos habidos en el año 2.014) y entre los papeles me he encontrado unos recibos de unos ingresos que tuve por el alquiler de un pequeño ático de mi propiedad que le alquile por unos meses a un paisano que estuvo unos meses viviendo en mi ciudad (año 2008 de marzo a junio y me pago 800 € por los 4 meses)

LA PREGUNTA ES: ¿Cuántos años tiene hacienda para ejecutar los ingresos no declarados?

Este ingreso no realizado en su día ¿lo puedo integrar en la declaración de este año?

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Respuesta
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El 2008 es un ejercicio que ha prescrito, así que te has librado.

El periodo en el que hacienda puede revisar tu declaración es de 4 años desde la fecha en que termina el plazo de presentación. Por ejemplo el proximo 30 de junio prescribe el ejercicio 2010 puesto que se cumplen 4 años desde la finalización del plazo de presentación (30-6-2011).

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