¿Autorizado o titular en cuenta bancaria?

Estoy como autorizado en cuenta bancaria dónde mi madre es la titular, actualmente y por su edad (86años) padece demencia senil en fase leve a moderada y otros problemas de salud, ya no sale de casa aunque dentro de ella se mueve de momento bastante bien, debido también a mi situación física (en silla de ruedas con 67 ños y 41 años en esta situación), no se como evolucionara la situación de los dos, pero si ella se me encama no tendré más remedio que ingresarla en un centro. Quisiera saber si dejo la cuenta como está o seria bueno que me pusiese como titular o cotitular, y en este caso como debería proceder ante el banco. Además quisiera que tuviese en cuenta que ella tiene pensión de viudedaz y cobra una ayuda por mí como hijo a cargo y yo recibo una pequeña cantidad por huérfano y que sucedería con hacienda en caso de ponerme como titular.

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Dada la situación de su madre, debe verlo a futuro y hacer el paso de bienes y dinero a su nombre ahora que esta en mediana capacidad con la figura compra venta Hacerlo más tarde implicaría mayores requerimientos legales.

Y debido a su situación, si su madre se pone peor, ciertamente la opción es internarla a servicios profesionales con el dinero cedido por ella o pensión

Lo que debe procurar arreglar es que todo este bajo a su gestión y garantizar que usted contara con los recursos para poder pagar el internado de su madre y usted mismo su manutención..

Muchos exitos

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No creo que tuvieras problemas tanto si te pones de cotitular como si sigues igual que ahora, excepto que si eres cotitular se presume que el dinero es de los dos y si, por ejemplo ella falleciera, en la herencia solo se tendria que declarar la mitad de ella y no la otra, que es tuya.

Simplemente tenéis que ir al banco los dos y ya os lo arreglaran. Y si empieza a perder lucidez, mejor que lo hagas ahora, antes de que se ponga peor, porque luego tal vez el banco no le permitiera hacer cambios.

Por otra parte, es importante saber si tienes hermanos y si tu madre ha hecho testamento. Si no lo ha hecho, mejor que lo haga; te ahorrarás esfuerzo y dinero.

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Como "autorizada", aunque su madre evolucione a peor (Dios quiera que no), usted puede manejar por completo la cuenta, mientras no sean operaciones de poner o quitar dinero a plazo fijo (que tiene que firmar su madre). Si son operaciones corrientes de domiciliaciones, recibos, sacar, meter dinero, lo puede hacer como autorizada.

Si se pone como "Titular", usted tendría que declarar dicha cartilla de ahorros en su declaración de hacienda en el apartado de "bienes mobiliarios" (los ahorros), pero como Hacienda sabe que son familia: madre e hijo/a y que son los cuidadores de los ancianos, no lo suelen reclamar, pero podrían si ven movimientos raros.

En caso de fallecimiento (Dios quiera que dure muchos años), si está como autorizada o titular, el banco paraliza la cuenta hasta que se resuelva la herencia de su madre.

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