Contabilizar aportación de socios para constitución de sociedad

Se va a constituir una sociedad para continuar con el negocio que el autónomo venía desarrollando desde hace años. Para la constitución de la misma se van a aportar todos los locales, mobiliario, máquinas etc...

Mi pregunta es cómo contabilizar esas aportaciones. Entiendo que deberían ir a Capital Social (100), aunque me entra la duda de si deben ir a la cuenta 118. Siendo así, el asiento sería o : (Ejemplo de local por valor de 100.000 euros) 100.000 (211) a (100) 100.000 o 100.000 (211) a (118) 100.000.

¿Es correcto mi planteamiento?

2 Respuestas

Respuesta
1

En nuestra opinión, si es correcto el planteamiento, pues se aporta inmovilizado.

Respuesta
1

Una vez constituida y según lo que se refleje en esa escritura de constitución, deberás contabiliar. Antes no. En la escritura se especificara que se aporta, en concepto de que y su valor.

Muchas gracias!!! Supongo que las cuentas contables donde recoger las distintas aportaciones serían las que expongo en mi pregunta. Es correcto?

Pues depende de por cuanto capital se constituya, que tipo de sociedad sea, si hay más socios que también aportan, etc etc. Pero, todo lo que sea capital según escritura debe ir a capital y como contrapartida a la naturaleza que sea, dinero a tesorería (bancos) y los activos, según la naturaleza de cada uno. Y si es capital va a la cuenta de capital, no a aportación de socios, porque su finalidad es ser el capital social. Pero ya te digo, todo eso es según se refleje en la escritura.

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