Prestamos sociedades vinculadas

Llevo la contabilidad de dos sociedades y en el año 2011 las sociedad A hizo un préstamo a la sociedad B,

Como llevo la contabilidad de las dos, la que presta la llevo a la 2423, y la que recibe a la 163.

Pero el problema que la sociedad A presto el dinero a la sociedad B, para que desembolsara su capital social, por lo que la sociedad B al recibir el dinero lo llevo de la 572/ a 103, y saldo la cuenta pendiente, pero mi problema lo tengo cuando contabilizo en la socidadad A, si lo llevo a prestamos (2423)no me cuadra la socieda B (163).

Que lio, decir para terminar que la sociedad A es la administradora de la sociedad B.

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A ver, ¿los socios de la empresa B, es la empresa A? SI es así lo que se ha hecho es una aportación de capital, y no un préstamo.

Si no es así, es que el concepto es erróneo. EL capital social de cualquier sociedad se suscribe libre de cargas, es decir, es capital contante y sonante, si se hace mediante un préstamo, quien asume ese préstamo son los socios de la sociedad en la proporción de su propiedad, es decir, arreglo a las acciones que tengan suscritas. Pero una sociedad no puede suscribir capital mediante un préstamo que solicita ella misma, eso es tanto como constituirse a sí mismo, la sociedad no tendría propietarios!

Algo tienes mal en tu planteamiento.

buenos días te explico mejor la pregunta, la empresa A hace un préstamo a la empresa B, y esta última cuando recibe el dinero lo utiliza para desembolsar un capital pendiente de suscribir.

Yo contablemente en el empresa A lo lleve de la 1633/1 a 572.

y mi problema es en la empresa B, porque no consta ese préstamo, porque al hacer el ingreso se llevo de la 572 a 103.

Efectivamente la sociedad no lo hizo bien, los socios son los que tenía que haber ingresado ese dinero para desembolsar el capital pendiente, pero lo cogieron de otra empresa.

Me pides que te diga cómo contabilizar una irregularidad: pues cometiendo otra irregularidad. Lo haces, cruzas los dedos y esperas unos añitos a que prescriba rezando mucho a San Apapucio y ya está, asunto resuelto.

O te esfuerzas un poco, documentas bien la transacción y resuelves el problema. Yo lo que haría es documentar convenientemente la operación tal y como debería haberse hecho, y a partir de ahí monto las contabilidades. Pero estando mal documentado... pues hombre, también da igual cómo lo hagas, de todas maneras estará mal hecho...

Porque, sinceramente, no existe una manera correcta de contabilizar esta operación mal documentada. Ya sabes la máxima, la contabilidad debe ser fiel reflejo de la realidad de la empresa. Y la realidad es que la empresa A aporta capital a la empresa B, pero sin embargo no lo escritura. Para la empresa A es un préstamo a una parte vinculada a largo plazo (cuando en realidad y según los papeles es un aporte de capital), y para la empresa B es una aportación de capital no desembolsado de unos socios que no sacan el dinero de su patrimonio personal, sino de otra empresa de su propiedad. Es que debe ser lo mismo en los dos lados, pero el problema te radica en la escritura de desembolso del capital de la empresa B, si ahí figura que el capital lo aportan los socios, dificilmente puedes justificar esto con un préstamo.

Y tienes el agravante de ser operaciones vinculadas, en las que la legislación ha puesto mucho énfasis en controlar, por aquello del blanqueo de capitales. Es que tal y como me lo describes, se podría considerar una operación fraudulenta realizada con ese objetivo, balquear capitales.

Siento ser tan duro en mi exposición, pero es que no quiero ir con medias tintas, en según qué cosas camuflar la realidad o fingir lo que no es es un gran problema.

Suerte

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