¿El presidente de una comunidad de vecinos tiene derecho a un asesoramiento técnico por parte de la empresa del ascensor?

Quisiera saber si lo que pone en el contrato del ascensor es válido para mí, como presidente de la comunidad de vecinos . Clausula del contrato : INSPECCIONES OFICIALES ( INSPECCIONES PERIÓDICAS REGLAMENTARIAS I.P.R. ) la compañía de ascensores proporcionará al Cliente apoyo, asistencia y asesoramiento técnico durante las inspecciones oficiales reglamentarias y obligatorias que realicen los Órganos de Control Autorizados ( O.C.A.).

Clausula : FORMACIÓN A UN RESPONSABLE DE LA INSTALACIÓN: la compañía de ascensores instruirá en el manejo del aparato al personal encargado del mismo, facilitando instrucciones de utilización y para situaciones de emergencia.                                                                                         Estas dos Claúsulas forman parte del contrato que tenemos con la empresa del ascensor. De ahí deduzco, quizás erróneamente, que como presidente de la comunidad estoy en mi derecho y la empresa en su obligación de asesorarme sobre el manejo, instrucciones, parte técnica para poder evitar posibles emergencias que requieran una actuación inmediata.

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Pues claro que si.

El año pasado yo fui presidente, y como tal inquiría a la empresa de mantenimiento del ascensor, sobre la posibilidad de efectuar un cambio en la instalación. Se personó un responsable técnico que me informo, sobre todo lo que le pregunté. Resultó que el cambio que pensaba era demasiado caro...

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