Subrogación de personal por cese de empresa

Es muy urgente por favor.

Soy una empresa que ha concursado para un ayuntamiento y ganado la limpieza de un colegio público. Ese colegio supuestamente tiene a una chica limpiando contratada por Mil, S.l.

Le comunico a Mil, S.L., que la adjudicataria para este nuevo curso escolar soy yo San, S.l. Y que si hay personas a las que debo subrogar me lo comunique y me presente toda la documentación.

Resulta que esta chica en su contrato de limpieza con Mil, S.L., solo consta que trabaja a 35 horas semanales en limpiezas de edificios (nada más especificado) (aunque en este colegio está solo tres horas trabajando diariamente) PERO NO ESPECIFICA NI EL CENTRO NI LAS HORAS TRABAJADAS EN ESE CENTRO.

Yo como no me han presentado un contrato debidamente cumplimentado en el que especifique, el local donde está trabajando ni las horas trabajadas, no me especifica ni me indica que y cuanto y como he de subrogar, me estoy acogiendo a esa causa porque no me interesa subrogarla.

¿Qué posibilidades tengo si me demanda? No puedo subrogar a alguien que no me ponga en su contrato que trabaja en ese local que yo voy a empezar a trabajar, ¿NO?

Esta chica empezó indefinida en 2003 para Mil, S.l., aunque en ese momento se llamaba Kipas, S.l., luego pasó a Brill, S.l. Y en Septiembre de 2013 que es cuando empezó a limpiar en ese colegio pasó a ser Mil, S.l. (ha ido pasando de empresa en empresa con las mismas condiciones y sin finiquitarla pero siempre con la misma gerente)

Si al final tuviera que subrogarla yo (sin ninguna acreditación de contrato por su parte de trabajo en ese local) y decidiera despedirla, ¿la antigüedad a pagar constaría desde 2003 o desde 2013 que es desde cuando empezó a trabajar para ese centro? ¿Y de esas 3 horas diarias o de 7 horas diarias?

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En caso de verse forzado a la subrogación se subrogaría el contrato vigente (septiembre 2013, Mil sl). Si a esa trabajadora no la han finiquitado y la han ido pasando de empresa en empresa en todo caso será problema de ella que lo ha consentido y de la empresa (o empresas) que han realizado dichos actos, pero nunca de usted.

En cuanto al resto de cuestiones habrá que estar a lo que expresamente se señale en el pliego de condiciones de la adjudicación municipal. Según lo expresamente previsto en el pliego se podrá determinar si está obligado a la subrogación o no y en su caso, si lo está por la totalidad de las horas o solo por las efectivamente realizadas por la trabajadora en el centro objeto de su adjudicación.

Para evitar problemas futuros, le recomendamos que se ponga en manos de un experto que analice su caso concreto y le aporte la mejor de las soluciones. Si lo desea, puede contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es o en el 676.633.077. Prestamos servicio para toda España.

Gracias por la rapidez. Pero una cuestión. En la última nómina de la trabajadora le consta una antigüedad desde 2003 ya que ha ido pasando de empres en empresa pero con la misma gerencia, solo ha cambiado el nombre de la empresa y ella al parecer mantiene su antigüedad aunque el contrato último se haya hecho desde 2013 para trabajar en ese centro de trabajo (aunque sigo insistiendo en que en el contrato no figura el nombre del centro en el que trabaja ni el número de horas que realiza diariamente en él)

En el pliego si que consta el apartado de subrogación pero no cita que exactamente hay una persona en concreto fulanita de tal a la que haya que subrogar, por lo tanto yo sin conocer que la hubiera concurse sin valorar esos costes.

De todos modos el contrato sin especificar lugar de trabajo ni horas desempeñadas, no sería suficiente para la no obligación de subrogar?

Gracias de nuevo

Se puede entender legalmente que le han ocultado costes del "contrato" que probablemente de haberlos conocido usted no hubiera aceptado.

Puede plantearlas la opción de finiquitar a la trabajadora, con el compromiso de contratarla usted "en las mismas condiciones": tipo de contrato, salario, vacaciones, etc, No veo lógico, ni tan siquiera legal, que sea usted quien se tenga que hacer cargo, en caso de despido, de una antigüedad desde el año 2003 con múltiples cambios de empresa de por medio que han enlazado unos contratos con otros sin finiquitar a la trabajadora.

Hable con el Ayuntamiento a ver que soluciones proponen, deje entrever su intención de rescindir el contrato por "ocultación de costes", y a ver que le dicen.

Sin tener acceso al pliego de condiciones para poder analizarlo detenidamente y ver exactamente en que condiciones y bajo que supuestos se recoge ese derecho de subrogación me es imposible poder darle un consejo más ajustado a su caso concreto.

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