Solicitud junta extraordinaria en reunión propietarios

En el mes de junio mande escrito al presidente y administrador solicitando incluir punto en la orden del día. Su respuesta fue que en principio y salvo que hubiese algún tema mas consideraba que se tenía que tratar en junta ordinaria. Pues bien, surgido el rodaje de una posible película en la finca y ha convocado junta extraordinaria con este único punto. ¿Tiene potestad para decidir qué puntos se incluyen en las juntas extraordinarias o debería haber incluido el mío?.

Respuesta

Tal y como indicas, como propietario, estás en tu derecho de solicitar que se trate un punto en la próxima Junta de de tu Comunidad. Además, lo has hecho por escrito dirigiéndote al Presidente que es como dice la Ley que se debe de hacer. Así lo indica el artículo 16.2 de La Ley de Propiedad Horizontal que dice así:

Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al Presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.”

De todas formas te pasamos un enlace donde lo explicamos con más detalle. http://www.fincasmistral.com/blog/puedo-pedir-que-se-incluya-un-punto-en-el-orden-del-dia/

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Respuesta

Cualquier propietario tiene derecho a solicitar que un determinado asunto sea incluido en el orden del día de una reunión, según el artículo 16.2 de la LPH (http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906#adieciseis ):

Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.

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