En el caso que los quieras despedir, en principio lo que tendrías que hacer es un despido improcedente. La cuantía de la indemnización en este caso seria de 45 días por año trabajado hasta la reforma de de febrero de 2012, y luego 33 días por año trabajador a partir de la fecha de la reforma. Es decir, si han trabajado supongamos desde 2010 y 2015, durante los años 2010,2011, hasta febrero de 2012, la indemnización será a razón de 45 días por año trabajado, a partir de marzo de 2012 hasta 2015 a razón de 33 días por año trabajado. A pesar de lo expuesto, hay unos límites, que son, antes de la reforma laboral se pueden pagar hasta un máximo de 45 mensualidades, a partir de la reforma ha pasado a 24 mensualidades.
La otra opción seria en el caso de que pudieras acreditar que la empresa ha sufrido perdidas durante 3 trimestres consecutivos, hacer un despido objetivo, de manera que pagarías 20 días por año trabajado, por lo tanto, reducirías considerablemente la cuantía a pagar con respecto al despido improcedente.
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