Finiquito con pagas extras prorrateadas
Me he ido de la empresa en la que estaba sin avisar con los 15 días de antelación. En el finiquito me descuentan 204€ en concepto de sanción que se corresponde con la prorrata de la paga extra de la nómina de julio, agosto y los 11 días que he trabajo en septiembre.
Según convenio (empresas consultoras de planificación, organización de empresas y contable) la sanción sería la parte proporcional de paga extra devengada. Yo tengo las pagas extras prorrateadas.
Al tener las pagas prorrateadas, ¿pueden descontarme la de julio, agosto y setiembre o solo deberían descontarme la parte correspondiente a septiembre?
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Respuesta de Jose Enrique Ferrero