Forma de incluir la carencia en contrato

Próximamente voy a firmar un contrato de un local comercial, he llegado a un acuerdo con los inquilinos para dejarles un periodo de carencia de unos 3 meses. El problema que me preocupa es que por lo que he leído hay obligación de ingresar el IVA correspondiente de esos meses aún cuando yo no lo cobraré.

Había pensado firmar el contrato con fecha actual pero con entrada en vigor para dentro de esos 3 meses, con lo cual no existiría tal período de carencia.

Y la pregunta es si puede hacerse así sin que me presente ningún problema, o hay alguna otra forma de hacerlo legalmente sin tener que pagar nada.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y le ayude con la realización del contrato de arrendamiento y sus peculiaridades.

Esta es una cuestión algo controvertida y en la practica, habitualmente no se emite factura por este periodo de carencia, siempre que no se conceda como consecuencia de una compensación (por ejemplo a cambio de una obra que quedara para el propietario).

En cualquier caso hay que estudiar el caso concreto. Puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

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