Calculo de Base reguladora de Incapacidad Temporal por Contingencias profesiones segun nueva ley de 01/01/2015
Tengo una duda que me apremia puesto que tengo un examen en los próximos días y no he encontrado quien o donde me lo resuelva, espero que me ayudéis. Gracias.
Con el cambio de normativa de los contratos a tiempo parcial, el calculo para los mismos queda claro como calcularlo (desde el ultimo alta 3 meses anteriores a la baja dividido entre los días naturales que comprendan dichos meses. Como regla general). Pero me surge una duda en el calculo de la BR de un trabajador a tiempo parcial por Contingencias Profesionales. Me explico:
En las Contingencias profesionales el calculo de la BR diaria de IT (supongo que solo para las jornadas completas) Se consigue calculando la Base de Contingencias profesionales del mes anterior dividida entre 30 (28,29, o 31 si diario) más la suma de las Horas Extras del año anterior a la baja medica entre 365. Pero en los contratos a tiempo parciales solo veo que habla del calculo de los 3 meses anteriores dividido entre los días naturales no haciendo alusión alguna entre Contingencias Prof o Común. Mi pregunta es:
Para el calculo de la BR diaria de IT de CP en los contratos a tiempo parcial, ¿se ha de tener en cuenta también esta cirscunstancia?, ¿Osea quitar las horas extras y adicionar las HE del año anterior para el calculo de las contingencias profesionales?.
Todo ello teniendo en cuenta que las H. E. En contratos parciales esta prohibida salvo causa de fuerza mayor, y si están permitidas las Horas complementarias, que desconozcon si están también deberían tenerse en cuenta para ambas bases o no.