Permiso de lactancia: una hora ausencia sin reducción de jornada
Mi marido tomará el permiso de lactancia. Tiene un contrato indefinido a tiempo completo. El Convenio es el colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública.
En el artículo 40.1 del convenio se indica:
Artículo 40. Armonización de la vida laboral y familiar. Planes de Igualdad:
1. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo en horario a elegir por las mismas y que podrá ser dividida en dos fracciones, una al principio y otra al final de la jornada. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o por el padre en caso de que ambos trabajen y deberá ser comunicado a la empresa por escrito
De la lectura de este artículo, entendemos que este convenio mejora las condiciones del estatuto general, y que por tanto se puede solicitar la fraccionar la hora al principio y al final de la jornada sin que eso signifique reducción de jornada.
No obstante, la empresa le indica que no puede fraccionarlo así y que sólo puede tomarse 30 minutos sin incurrir en reducción de jornada.
¿Está la empresa en lo correcto?