Deuda contrato caldera renovado automáticamente

En 2013 tuve un problema con la caldera y llame al mantenimiento de la marca. Vino una empresa y me dijeron que si pagaba 110€ me cubría el mantenimiento de todo el año mientras que sólo la visita ya costaba 90€, así que accedí.

Al al año siguiente contraté el mantenimiento con la compañía de gas.

Hace un mes me llaman y me dicen que son de la primera empresa que había venido hacía dos años y que cuando vienen a realizar la revisión y a cobrar la anualidad.

Yo les contesto que ya tengo el mantenimiento contratado con otra empresa y me dicen que en el contrato que había firmado en 2013 ponía que si no me daba de baja, el contrato se renovaba automáticamente y que les debo 2014 y 2015 más intereses.

Yo les respondo que no les pienso pagar puesto que nadie me informó de dicha cláusula y el año anterior (2014) no recibí llamada alguna para la revisión.

Hoy me llega una carta (correspondencia normal) instándome a pagar lo que les debo con un ingreso o si no, se lo pasarán a unos abogados.

Partiendo de la base que nadie me informó en su momento, que nunca han vuelto a hacer la revisión y que los métodos de comunicación (vía teléfono y correo ordinario) no son "oficiales", ¿podria un juez decidir que pague dicha cantidad?

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El tema es un poco complejo. El 90% de los seguros, ya sea de mantenimiento como el seguro de la casa o el seguro del coche, son renovables automáticamente, a menos que usted de la orden con 1 mes de antelación.

En el caso del seguro de mantenimiento que ha contratado con la compañía del gas es, exactamente lo mismo, si usted no lo anula, notificándolo por escrito 1 mes antes de su renovación, se renueva automáticamente.

He tenido casos, de clientes que tenia el mantenimiento con 3 compañías distintas, porque, en su ignorancia, cambian de compañía sin saber que el seguro de mantenimiento es aparte del suministro, y podría llegar una factura solo con el mantenimiento.

Ellos están en su derecho de reclamarle el dinero, otra cosa es lo que ponga en el contrato, si hay vicios ocultos o algo.

En los contratos siempre se debe de leer la letra pequeña.

Influye algo, en caso de juicio, el hecho de que no hayan Llamado en 2014 y que no hayan hecho el mantenimiento ningún año?

Si ellos han incumplido su parte del contrato, en que pasarían 1 vez al año a hacer el mantenimiento, y no lo han hecho, pues se consideraría nulo.

Y en caso de juicio, deberían de aportar pruebas de que se ha hecho mantenimiento todos los años, con sus respectivas actas de actuación, firmadas por usted.

Pero mientras no le venga una carta de reclamación de cantidades o un monitorio, yo no le hecharía más cuenta.

Me ha venido una carta pidiendo Una cantidad, pero por correo ordinario, nada tipo certificado o burofax, que podría no haberlo recibido.....

Si te llega algo, carta ordinaria, no le des importancia. Debe de llegarte mediante burofax, correo certificado o con acuse de recibo.

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Firmó usted algún documento, ¿en relación al contrato de mantenimiento?

Si, firme un contrato que por detrás pone que hay que darse de baja con 60 días de antelación.

Como muchas otras cosas que firmamos, no leí la letra pequeña, ni nadie me informó de ello.

Además la primera llamada que tuve de ellos fue 2 años después.

Pues ya ve que se comprometió con ellos

Por tanto, tienen razón en que su contrato sigue en vigor, mientras usted no lo cancele siguiendo el procedimiento

Sin embargo, también es verdad que ellos han incumplido, al no hacer su trabajo el año pasado, por lo que no le pueden exigir la cuota del año en el que no han hecho la revisión

Y si llegan a llevar el asunto a juicio, podría usted alegar que, al no cumplir ellos con las condiciones estipuladas, dio usted por supuesto que fueron ellos los que rescindieron el contrato de forma unilateral. Y usted, ante eso, no quiso buscar problemas con nadie y prefirió buscarse a otra empresa

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