No deseo renovar mi contrato a fijo

1. Mi primer contrato fue de 6 meses y éste segundo y último es de 97 días, terminando el 1 de enero de 2016. ¿En mi liquidación han de pagarme 8 días por año trabajado o 33 por haberme enlazado 2 contratos?

2. Si la paga extra de Navidad la cobramos en Nochebuena, ¿me la pagarán ese día o en la liquidación al finalizar el contrato?

3. ¿Pierdo algún derecho a cobrar la ayuda o el paro?

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En primer lugar, debes mirar lo que pone en tu contrato de trabajo, en el debes encontrar los días de indemnización que deben pagarte por finalización del contrato temporal.

La indemnización varia según el motivo de la finalización de la relación laboral, todo depende de si decides irte tu, o decide despedirte la empresa.

En muchas ocasiones, a modo de presionar al trabajador para que presente una baja voluntaria, ahorrándose así la empresa el pago de la indemnización improcedente, ofrece la renovación del contrato de trabajo a sabiendas de que el trabajador no quiere hacerlo.

A parte de la indemnización, existe el finiquito. Este finiquito ( parte proporcional de las pagas extras generadas y no prercibidas y de las vacaciones generadas y no disfrutadas) te lo deben de entregar tanto si decides de forma voluntaria irte de la empresa, o si la empresa te despide.

Para el acceso a la prestación por desempleo, es necesario venir de una finalización de la relación por causas ajenas a la voluntad del trabajador, es decir, que si causas baja voluntaria en la empresa no tendrías derecho al acceso al paro. (No solo existe este requisito, sino que hay otros requisitos que hay que cumplir como haber cotizado como mínimo un año, para poder acceder al paro).

O a través de [email protected]

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