¿Cómo debo pagar el alquiler?

¿Requisitos en pago de alquiler?

Tengo un ex-inquilino(medio familia), al que le tenía alquilado una cochera, desde hace muchos años-a lo mejor 40 años-, en el pueblo. Como tuvimos que emigrar, recibía el mismo importe siempre, en pesetas y luego en euros. Nunca tuvo actualización, ni se declaró tal alquiler. El año pasado, devolvió a un familiar, la cochera y dado que yo estaba en Francia, no pude comprobar el estado, por lo que me encontré con fachadas y tejados antiguos jodidos. Como era casi familia, el trato fue hablado y siempre me hizo los ingresos, sin indicar concepto. Ahora quiero reclamarle por los daños de tejado y fachada, alegando que el trato fue que como propietario, era responsable del mantenimiento y que el pago, al no incluir el concepto renta desde el principio, se debía a que teníamos ajustado en el pago el mantenimiento por cuenta de la propiedad. Obviamente no hice ese trato hablado. ¿Haber aceptado durante años ese pago, sin concepto altera algo en mi contra para reclamarle los daños estructurales?

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Al no existir contrato de arrendamiento por escrito atribuyendo esos mantenimientos al inquilino no se lo puede reclamar si no que de acuerdo con la lau si no ha habido uso negligente ni se trata de pequeñas reparaciones le corresponden al arrendador.

¿No añadir, ningún concepto en el pago , sirve de algo?

    Gracias, por su amabilidad

No. Y para probar que el arrendatario debía hacerse cargo del mantenimiento menos.

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Lo tiene usted mal. Su familiar ha pagado y no se le ha reclamado subida alguna ni firma de ningún contrato, en el que debería poner explicitamente quién se hace cargo del mantenimiento que de otro modo siempre será el propietario. Su familiar le podría haber exigido que acondicionase el local a usted y no al revés.

Creo que la dejadez es suya pues su familiar ha pagado sin demora.

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