Partiendo de que es una hipoteca en común, como indica, lo primero que tiene que ver es el porcentaje en el que usted y su pareja participan en el préstamo hipotecario, lo cual no indica, pudiendo serlo en el (50%-50%), (60%-40%), (75%-25%), etc... Esta información es comunicada puntualmente por el Banco a Hacienda en cada ejercicio de la Renta.
Por tanto, caso de presentarse declaraciones individuales, Hacienda sólo le permitirá desgravarse a cada uno de su tanto por ciento de participación en el Préstamo.
Caso de realizarse una declaración conjunta por integrar una unidad familiar, si le permitiría deducirse del 100% de la totalidad de las aportaciones realizadas.
En conclusión Hacienda no tiene en cuenta quien de los dos realiza los ingresos en la cuenta desde donde se paga el préstamo, pues puede ser usted, su pareja, los dos, sus padres, sus suegros, o cualquier otra persona; sino que se regirá por lo indicado anteriormente.