¿Alta en IAE y RETA por venta de bien afecto?

En caso de que un particular venda un bien que tiempo atrás usó como herramienta al ejercer por cuenta propia (habiendo cesado en la actividad hace años), ¿esa venta está sujeta a IVA?, ¿Ese particular tendría que causar alta en IAE y en RETA para poder hacer la venta?

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Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

En principio, si puede darse de alta en Hacienda para emitir la factura y liquidar los impuestos correspondientes, en nuestra opinión, al no ser una actividad habitual, no estaría obligado al alta en el RETA.

Pero dependerá del tipo de bien afecto, no es lo mismo un inmueble, que un vehículo, incluso dependerá de a quien le venda...

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