Antes de nada muchisimas gracias por la respuesta aunque me gustaria pedirles una aclaracion el maximo de explicita posible:
Mi pregunta no se referia a ningun caso en particular sino que era mas bien teorica para poder entender, pero intentare poner ejemplos concretos:
caso 1: Yo entiendo de esta manera el funcionamiento de un pequeño negocio de autonomo. Imaginemos que nos damos de alta en el IAE 839 (seccion 2) como masajistas en nuestro domicilio. Por tanto a cada cliente que tratamos le damos un recibo de nuestro servicio. Para cada dia de trabajo generamos una factura la qual la registramos en el libro de registros y la guardamos. Cada trimestre rellenamos el modelo 130 correspondiente a la declaracion de nuestro IRPF segun todos los ingresos i gastos apuntados en el libro de registro y tambien el modelo 303 para ingresar el iva.
-Es esta la manera de operar en este caso? o estoy completamente equivocado y hay algo mas a tener en cuenta?
caso 2: Imaginemos otro caso distinito pero relacionado: Nos damos de alta el el IAE 821 (seccion 2) para ejercer de profesor particular en el domicilio para enseñar materias incluidas en los planes de estudios oficiales. Segun el articulo 20.10 de la ley del IVA 37/1992 esta actividad esta exenta de IVA. Tambien segun el decreto 1619/2012 de las obligaciones de facturacion, el articulo 3.a de las exenciones de facturacion nos indica que esta exenta de hacer facturas. Por lo tanto, si no estoy obligado a hacer facturas, a nivel practico que diferencias existirian con el caso 1? Imagino que a nuestros clientes los tratariamos sin entregarles ni un recibo ni nada, pero al final del dia hariamos un apunte de los clientes recibidos en el libro de registros, sin generar factura.
-En este caso solo tendrimos que entregar el modelo 130 trimestralamente ya que estamos exentos del IVA?
Muchas Gracias