Quiero montar una Sociedad Limitada

Soy miembro de una Cooperativa con tres socios y estamos pensando en crear una S.L de forma paralela (al menos dos de los miembros). Mi pregunta es:

  • Ya que los tres estamos cotizando en el régimen especial de autónomos, ¿tendríamos qué volver a pagar autónomos en la nueva sociedad?

1 Respuesta

Respuesta

Si por vuestro porcentaje de participación en la SL y por la función de administrador estuvierais obligados a encuadraros en el RETA seríais un autónomo societario. La diferencia estriba, a efectos prácticos, en la base de cotización. Para el presente año 2016, la base de cotización mínima para los autónomos "normales" es de 893,10 €, lo que supone una cuota mensual de 267,04 €. Por contra, para los autónomos societarios, la base mínima para este año es de 1057,96 €, lo que supone una cuota mensual de 316,33 €.

El autónomo societario es aquél que ejerce una función de dirección (cargo de consejero o administrador) en una entidad o bien presta otros servicios remunerados, siempre que posea el control efectivo, directo o indirecto, de la sociedad. Tendrá este control cuando le pertenezca el 33% del capital social, el 25% si es administrador o el 50% si las acciones pertenecen a un familiar directo.

La situación como autónomo societario prevalece sobre las demás. Por lo tanto, si un autónomo trabaja para su propia empresa y para otras al mismo tiempo, tendrá que abonar los 316,33 € al mes. Por tanto, abonando la cuota de autónomo societario os valdría también para la cooperativa, no se duplican.

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