¿Puede un segundo titular cancelar una cuenta sin el consentimiento del primer titular?

Tenía una cuenta nómina en ING Direct, y como segundo titular la que ahora es mi ex mujer, he de decir que sobre esa cuenta había un embargo a favor de ella(pensión alimenticia), el caso es que el otro día se canceló la cuenta sin yo tener conocimiento de ello, y sin previo aviso, en la entidad me comentaron en una segunda llamada que no era necesario informar de la cancelación de la cuenta a ningún otro titular ya que fue otro titular el que ordenaba la cancelación, y que no tenían mas información al respecto, pero en la primera llamadas a ING direct se me informo que había sido mi ex, quien después de ordenar una transferencia a su favor de 0,58 € la canceló, no se si ha sido negligencia por parte de esta entidad la negación en la segunda llamada de más información ya que en la primera me informaron de que era mi ex mujer y que solo ella había cancelado la cuenta sin más autorización por mi parte. Mi pregunta es la siguiente:

¿Es posible cancelar una cuenta sin autorización del primer titular? Y si es así, ¿Cómo que no se informa de la cancelación al otro titular?

Disculpen si me extendido mucho.

2 Respuestas

Respuesta
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Hasta donde sé, para la cancelación de una cuenta con varios titulares se requiere de la firma (=autorización) de todos ellos, dado que se trata de un contrato entre todas las partes.

Si se tratase de un titular y un autorizado, bastaría con la firma (=autorización) del titular.

Por tanto, el caso que usted comenta, me parece irregular, en efecto.

Su exmujer sí podía retirar el dinero (tanto siendo titular como autorizada), puesto que tiene capacidad para disponer del dinero, pero no deberían haber permitido que cancelara la cuenta, sin disponer de su autorización (la de usted).

Quizá le interese leer: http://www.libremercado.com/2014-04-15/como-dar-de-baja-una-cuenta-bancaria-1276515901/ 

Buenas tardes,

Ante todo muchas gracias por su rápida respuesta, ahora bien, hago la siguiente pregunta:

¿puede un juzgado cancelar una cuenta? no intervenir,  a la respuesta que Uds, me comentan de irregularidad, ¿de que se trataría esa irregularidad? y ¿que debo hacer?

Gracias y un cordial saludo.

¿Tiene usted algún indicio de que haya existido alguna actuación judicial, en este asunto?

Respuesta

Si los titulares de la cuenta son indistintos, cualquiera puede hacer cualquier operación, incluso cancelar la cuenta (salvo normativa interna del banco); si en la cuenta los titulares son conjuntos han de estar todos a la hora de hacer cualquier operación.

Ante todo gracias por su atención y respuesta, y discupe pero no me queda claro la diferencia entre indistinto y conjunto.  

Agradezco su interés y esperorespuesta.

Cordial saludo.  

Indistinto cualquiera puede operar por su cuenta.

Conjunto: Es necesario que todos acudan (o autoricen) para hacer cualquier operación.

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