Desde dónde empieza a contar como indefinido un contrato en fraude de ley?

Supongamos un contrato por obra y servicio de más de 6 años, ¿desde qué momento se empieza a considerar como indefinido?

Entiendo que una vez superados los 3 años o 4 años (si hay convenio sectorial que lo especifique), dicho contrato temporal se convierte automáticamente en indefinido, pero mi duda es la siguiente... Una vez que ya se convierte en indefinido... Tal condición de indefinido se considera desde el primer día del contrato o a partir de los 3-¿4 años?

Lo pregunto, por ejemplo, a efectos de cómputo de una posible indemnización por despido, puesto que no es lo mismo el dinero a percibir por un indefinido desde el primer día de contrato que desde el 3er año.

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A efectos del cálculo que pretendes realizar de una posible indemnización, no es relevante.

Lo que si es relevante es la modalidad de despido que pretenda la empresa.

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