Como contabilizar los ingresos correspondientes a los intereses de mora cobrados mediante juicio a la administración

Hemos cobrado unos intereses de mora mediante juicio pertenecientes a unas facturas realizadas a diversos hospitales. Como debemos contabilizar dichos intereses si hasta ahora no se había contabilizado nada, pues no se sabia si finalmente se reclamarían mediante juicio.

2 respuestas

Respuesta

Yo personalmente lo contabilizaría como otros ingresos financieros en la cta. 769, ya que entiendo que los intereses de demora se generan por un pago diferido en el tiempo con lo cual interpreto que al ser un dinero tuyo del que otro dispone más tiempo del debido es como un préstamo y lo que este dinero genera son ingresos financieros.

Respuesta

Además de lo indicado por el compañero, también seria posible contabilizarlos como ingresos extraordinarios, pues no son ingresos habituales... pero en nuestra opinión, lo correcto son ingresos financieros.

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