¿Debo presentar el modelo 180 si sólo presente el modelo 115 un trimestre y este no debería haberlo presentado?
Llega el momento de presentar el modelo 180. Y sólo presenté el modelo 115 en el 2º trimestre.
Después supe de esta escepción para no presentarlo:
- Cuando los alquileres pagados no superen los 900 € anuales a un mismo arrendador.
¿Debo presentar el modelo 180 o debo pedir de algún modo que me devuelvan lo que presenté del modelo 115?
Respuesta de Ana del Valle
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Respuesta de David Perez Sierra
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Respuesta de Abogados Edo
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