Movilidad funcional (cambio de puesto de trabajo)

He trabajado durante 4 años en el departamento de almacén. Cuando firmé el contrato, se añadió una cláusula donde se especifica que, se acepta el cambio de puesto de trabajo en caso de ser necesario en los diferentes departamentos, pero, el contrato especifica que, el puesto de trabajo es para almacén y la categoría es de peón.

Me puede obligar la empresa a trabajar en otro departamento, ¿sin indemnizarme y hacerme un contrato nuevo?

¿Me puede negar la empresa la reducción de jornada por cuidado de hijos?

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La movilidad funcional de los trabajadores es la capacidad del empresario de asignar diferentes funciones a un trabajador, independientemente de las funciones para las que hubieses sido contratado inicialmente.

Por lo tanto, el empresario si te puede cambiar de puesto, dentro del mismo grupo profesional (movilidad horizontal) o grupo superior o inferior (movilidad vertical). No tendrás derecho a indemnización o a un nuevo contrato en principio, pero tendrás que tener en cuenta lo siguiente:

Estos cambios de posición siempre habrán de respetar la dignidad del trabajador, y tener en cuenta la titulación para ejercer el puesto al que se te va a cambiar.

Respecto a si te cambian a una posición superior; no podrá superar el tiempo del cambio los 6 meses durante un año, o 8 meses en un periodo de dos años. Si se supera este tiempo, podrás reclamar el ascenso.

Respecto a tu sueldo, si te cambian a una posición superior temporalmente, tienes derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realices.

Sin embargo el cambio es descendente, el trabajador mantendrás tu sueldo actual, no te podrán reducir tu salario.

Respecto a tu segunda pregunta, la empresa no puede denegarte una reducción de jornada por cuidado de hijo.

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