La Legitima en una Herencia

Quisiera que me sacaran de una duda que tenemos mi esposo y yo, tenemos dos hijos uno ha contraído muchas deudas, nos dicen que no podemos desheredarlo que hay que dejarle lo que se llama la Legitima, nuestra duda es la siguiente, podemos decidir nosotros después de hacer la suma de los bienes lo que le corresponda, por ejemplo, ¿una casa que equivalga a la cantidad de dicha legitima? O un local comercial. O eso lo decide Hacienda Gracias de nuevo.

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La legítima estricta es 1/3 del caudal hereditario. La ley no exige que ese pago se haga en efectivo, sino que puede hacerse con algo que lo valga. Hacienda no puede decidir nada en relación a algo tan privado y personal como es la designación de bienes de una masa hereditaria y su distribución entre los herederos, que es una facultad decisoria que tiene cada cual sobre su propio patrimonio. La única persona que podría poner pegas sería en todo caso el heredero, pues los bienes han de ser valorados a la fecha del fallecimiento del causante, y su hijo podría decir que la casa que le dejan no vale su legítima de 1/3 y reclamar que se le complete con otros bienes.

Por último, y si su hijo tiene deudas, han de saber que los acreedores pueden sustituirle a la hora de reclamar la herencia, y quedarse con lo que a él le corresponda.

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