Es una donación ser cotitular de una hipoteca

Es en relación a una donación que le quiero hacer a mi hija(vivimos en Madrid, donde las donaciones están exentas al 99%, con la condición de pasar por el notario).

Una parte de la donación es en efectivo, que no plantearía problema y otra provendría de una hipoteca que se va a hacer a la vivienda que se va a comprar.

La vivienda estará solamente a nombre de mi hija.

En la hipoteca seremos 3 co­titulares mi hija, mi mujer y yo. (No avalistas ni fiadores)

Hace unos meses, cuando empecé a mirar hipotecas, la asesoría de un banco nos advirtió, que si éramos cotitulares de la hipoteca de mi hija en el momento de la firma de la escritura de compraventa e hipoteca le estaríamos donando a mi hija 1/3 de la hipoteca mi mujer y otro 1/3 yo.

En aquel entonces consultamos a la Oficina de Atención al Contribuyente telefónicamente al 901 50 50 60, donde me lo ratificaron y me insisten en que han tenido varios casos y que es así.

Medio año después cuando ya tenemos la vivienda decidida, nos acercamos a la notaría y nos dice que no existe la donación.

Solo existiría Si nosotros, los padres, pagásemos la hipoteca, pero sería una donación cada mes, lo que no nos recomienda. Pero si la hipoteca la paga mi hija no existiría donación.

Volvemos a consultar a la Oficina de Atención al Contribuyente y nos vuelve a decir que es una donación en el comento de escriturar.

Consultando con la Oficina Liquidadora, se contradicen con la opinión de la Oficina de Atención al Contribuyente, de la cual dicen que dependen y me recomiendan haga consulta vinculante a dicha oficina, pero por lo visto tarda 6 meses y tienen que ser sobre un acto ya realizado, presentando los documentos de lo que se ha hecho.

El notario nos dice que si pretendemos pagar la cuotas de la hipoteca por mi hija, que le hagamos un préstamo personal sin intereses (progresivo a medida que pago), liquidando el impuesto que sería cero, y al finalizar el pago de la hipoteca, le realice una condonación de deudas y por tanto haga la donación cunado se termine de pagar la hipoteca.

Pero este es el caso de la Infanta Cristina, si dentro de unos años hacienda dice que mi hija no me esta devolviendo el préstamo y que por tanto se lo he donado, me sancionaría y encima perdería el derecho la bonificación del 99%

Solo quiero hacer lo correcto y pagar mis impuestos que en Madrid no son demasiados, pero no se que es lo correcto y los expertos se contradicen.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web. Trabajamos habitualmente en Madrid.

En nuestra opinión, si se trata de una donación, pues se presupone que al ser titular de la hipoteca usted realiza los pagos y por lo tanto debería tributar por ello. El hacer un préstamo sin intereses, puede ser considerado una donación o hacienda aplicar el tipo de interés legal de dinero y usted tener que tributar por estos intereses y por la formalización del crédito.

En cualquier caso, hay que estudiar el caso concreto y buscar la mejor formula conforme a la legislación de donaciones. Una solución habitual es que ustedes sean solo avalistas, no deudores de la hipoteca. Incluso estudiar el constituir ahora un usufructo para su hija... pero hay que conocer la situación personal y familiar concreta.

He encontrado por Internet "El Blog de Echevari"  que considera que no es una donación.

http://www.rankia.com/blog/echevarri/418927-cuando-no-coinciden-titulares-prestamo-hipotecario-compradores-inmueble-i  

 con dos enlaces a la pagina de los notarios y registradores donde dice que no se trata de una donación 

http://www.notariosyregistradores.com/PERSONAL/NOTARIAS/2008-mayo.htm#asuncioncumulativa

http://www.notariosyregistradores.com/PERSONAL/NOTARIAS/2008-julio.htm#asuncioncumulativa

Las entradas son de 2008 y no se si estarán obsoletas.

Que opina usted de estas opiniones de los notarios y registradores.

Siempre puede presentar una consulta vinculante en Hacienda para salir de dudas...

Insistiendo y preguntando telefónicamente, por tercera vez, en Oficina de Atención al Contribuyente de la Comunidad de Madrid
Insistiendo en que no se trata de una donación, nos ofrece otra solución,  nos indica que si mi hija va a realizar los pagos, y para que no nos giren una liquidación por donación, en Hacienda han llegado a un consenso por el cual podemos hacer un préstamo sin intereses en el que especifiquemos:
- Que por exigencia del banco para conceder la hipoteca a mi hija,  debíamos aparecer en la hipoteca como titulares.
- Que el donatario, es decir mi hija,  asume fehacientemente la obligación de pagar la deuda, con liberación del donante
- Que en la cuenta común de la hipoteca quede claro que  los ingresos son de mi hija, que los haga  mediante transferencia (no en efectivo) y que los padres no ingresemos en esa cuenta para que este bien claro quien paga la hipoteca.

Además tendremos  que liquidar el impuesto por Transmisiones Patrimoniales, mediante el modelo 600, por un préstamo sin intereses, el cual estará exento.
Pero el prestamos sin intereses, ¿ porque cantidad sería?  2/3 de la hipoteca. ¿habrá que añadir los intereses que cobre la entidad bancaria?.

¿Qué os parece esta solución?
Las respuestas telefónicas se las lleva el aire, pero coincide bastante con lo que me recomendó el Notario.

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un abogado que le estudie y ayude con su caso concreto.

Los prestamos sin intereses, pueden ser considerados donaciones o estar obligados a liquidar por los beneficios al interés legal del dinero. En cualquier caso, el préstamo seria por el importe que ustedes le dejan a su hija, es decir 2/3.

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