Estoy obligado a pagar una multa a la comunidad de vecinos?

Ha sido condenado a pagar una cuantiosa multa el presidente de la comunidad de vecinos en la que poseo un apartamento que sólo ocupo durante las vacaciones (nunca he estado empadronado en esa vivienda) por haber pirateado la señal de canal + para que llegase a todas las viviendas de la finca y en junta extraordinaria los vecinos asistentes han acordado que la cantidad de esa multa será pagada a partes iguales entre todos los propietarios y en caso de negarse serán denunciados ante los tribunales. Mi pregunta es: ¿Estoy obligado a pagar aunque es imposible acreditar que yo hubiera utilizado durante mi estancia en el piso la señal de TV pirateada?

3 Respuestas

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Pueden y de hecho está obligado ya que el pagar la multa es una acuerdo más de tipo comunitario. Respecto a la multa, si la señal estaba repartida para la comunidad y más aún que la cuota de canal + se repartía entre todos, puedo entender que usted estaba enterado de todo esto y aún así lo permitió.

Por tanto, yo creo que debe usted hacerse cargo de la parte que le corresponde de la multa, salvo que pueda acreditar (por escrito) que en el acuerdo de repartición de la señal para todos los propietarios y el pago del recibo de canal +, usted se hubiese negado a pagar o participar.

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Conozco un par de casos similares al que cuentas, donde Canal + denunció al "artista" que tenía un contrato unifamiliar y decidió ser generoso y repartirlo. En un caso gratuítamente y en otro cobrando una pequeña cuota.

Los dos casos que conozco, Canal + denunció al titular del contrato, ya que fue el que cometió el delito y distribuyó la señal de forma comunitaria incumpliendo el contrato firmado con la empresa.

Si tiene que pagar una multa, es porque hay una sentencia o en su defecto un acuerdo para no ir a juicio, ya que no creo que voluntariamente nadie pague una multa y más si es cuantiosa.

Lo que debes de hacer es pedir en la comunidad que quieres ver una copia de la sentencia o acuerdo para saber a ciencia cierta quien o quienes son los responsables de pagar esa multa.

Lo que diga en la sentencia es lo que hay que cumplir. Sin más vueltas. Si la sentencia es para una persona, pues es la responsable.

Eso de que la comunidad tomará medidas legales, me suena a cuento chino. Si usted usa su vivienda normalmente y no ha manipulado las tomas de televisión para "robar" la señal, no tiene ninguna responsabilidad.

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La cuestión que plantea es compleja.

¿Quién ha sido multado? ¿La Comunidad o el Presidente?

En el asunto, dice usted que la Comunidad, pero en el texto del mensaje dice usted que el Presidente. Lo normal sería que se multase a la Comunidad.

¿Sabe usted cómo se pirateó la señal? ¿Se "repartió" la señal de algún vecino, con contrato legal, al resto de la Comunidad o se instaló algún dispositivo ilegal?

Se repartió la señal de un vecino que tenía contrato legal, pero en lugar de colocar el aparato en su piso se instaló en el cuarto de comunicaciones. La cuota mensual de ese único contrato legal era cargada a la cuenta de la comunidad.

Acabo de informarme, y quienes fueron llamados a declarar y denunciados fueron las tres personas que constan como presidentes durante los años de pirateo.

Y el vecino del contrato, ¿no fue llamado? ¿Y quién fue sancionado? ¿Un presidente? ¿Los 3? ¿La comunidad?

El vecino del contrato es uno de los presidentes implicados. Mi pregunta es: Pueden obligarme a pagar mi parte si yo no vivía allí, excepto cuatro semanas al año de vacaciones y por tanto yo no disfrutaba del servicio pirateado de tv?

Comprendo su impaciencia, pero sé cuál es su pregunta. No obstante, para poder dar mi opinión, necesito saber más. Aún no me ha dicho quién ha sido sancionado. ¿Únicamente uno de los presidentes? ¿La comunidad no?

Y aún tendré que hacer más preguntas, muy probablemente

Si finalmente se multó a una o varias personas, pero no a la comunidad (no me lo ha indicado), debe abonar la sanción esa o esas personas. En ese caso, entramos en el asunto del acuerdo para pagar entre todos. Es un acuerdo de Junta y, por tanto, obliga a todos los propietarios. Por tanto, si no quiere que la comunidad le considere moroso, debería quedar claro que usted se opone al acuerdo. ¿Asistió a la reunión? ¿Ha manifestado su oposición? El acuerdo sería impugnable, al no existir obligación de sufragar gastos que no estén directamente vinculados al sostenimiento de la comunidad

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