Con contrato a tiempo parcial y haciendo en ocasiones jornadas completas.
Desde septiembre del pasado año me hicieron un contrato indefinido por media jornada, pero en ocasiones y por circunstancias de trabajo tengo que trabajar ocho horas, concretamente el pasado mes de enero fue todo el mes, pagándome en nomina lo correspondiente a la jornada completa, o bien cuando son días sueltos lo pagan en vacaciones, por lo tanto mis preguntas son: ¿Pueden hacer esto cada vez que la empresa lo necesite? Y en caso de hacerlo, ¿deben notificarlo en algún sitio?, ¿Adquiero algún derecho a que en lugar de ser el contrato por media jornada sea por la jornada completa?
En espera de vuestra respuesta y dándoos las gracias por anticipado.
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Respuesta de Larios Abogados
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