Estimada consultante,
El tiempo que usted lleva con ese contrato temporal es superior al permitido por Ley, de modo que al estar el contrato en fraude de ley, usted ya es, tácitamente, indefinida. Ahora bien, la empresa no se lo ha reconocido y dudo que se lo reconozca, pues ese reconocimiento supone un perjuicio para la empresa de cara al futuro.
Como le digo, tácitamente usted ya es indefinida, pero para obtener esa condición realmente es necesario que así lo determine un Juez, de forma que hay que interponer la oportuna demanda, que no es otra que la de "declarativa de derechos", por la que se pide que un Juez le otorgue a usted la condición de indefinida, con las consecuencias que se deriven.
La empresa no debe, a raíz de esto, tomar represalias contra usted ni despedirla pues, en dicho caso, se vulneraría su principio de indemnidad y dicho despido sería nulo.
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